Paralelo entre la evaluación docente en Colombia según
lo establecido en el decreto 3782 del 2007, regido por el Decreto Ley 1278 del
2002, y la lectura del documento de Rueda. (2011) sobre: La evaluación de los
docentes, elemento sustantivo en la educación
La
evaluación del desempeño laboral docente en Colombia se realiza anualmente con
el objetivo de garantizar la calidad en la educación, identificando las
fortalezas de los educadores y aquellos aspectos a mejorar. También es
importante señalar que los resultados de dicha evaluación docente están
directamente relacionados a la autoevaluación institucional de la entidad en la
cual el docente evaluado labora. Adicionalmente a ello, la actual práctica de
la evaluación docente se instala como novedosa e inédita en nuestro contexto
educativo, dado que el anterior estatuto docente no establecía evaluaciones al
profesorado una vez dentro del sistema educativo.
Lo
anterior ya representa un punto de conflicto de intereses, en cuanto a la
correlación directa que pueda existir entre un desempeño deficiente por parte
del docente, y una evaluación sobresaliente por parte de la institución en la
que labora el docente, por ejemplo. Teniendo en cuenta que “el rector o el
director rural, según el caso, evaluará a los coordinadores y docentes del
establecimiento educativo que dirige” (MEN 2007) en mi opinión, ésta evaluación
se encuentra matizada de posibles intereses personales al establecer que un
docente con deficiencia en su desempeño es el resultado de una institución
educativa con igual tipo de falencias, lo cual no beneficia al rector y
compromete el incentivo económico que recibe al tener un resultado negativo.
Esto se evitaría si se involucraran otras entidades que regularan la evaluación
para el beneficio de la calidad educativa.
En
relación a lo anterior, Rueda. (2011) señala un importante punto de conflicto
para una adecuada evaluación docente: el incentivo económico, el cual se ha
venido incluyendo como una práctica común para la evaluación debido a que
muchas veces “dichas acciones han contribuido más bien a compensar el nivel
salarial de los evaluados (…), sin que se apuntalen evidencias de una
progresión en la interacción de profesores y estudiantes a favor del
aprendizaje” (p, 2).
En
conclusión, considero que el escrutinio del desempeño docente con evaluaciones vulnerables
de subjetividades es un inconveniente que se puede corregir con una constante
revisión de los estándares que estipulan dicha evaluación docente, y concuerdo
con Rueda. (2011) cuando sugiere que: “cualquiera que sea el conjunto de acciones
elegidas para la evaluación del desempeño docente, éstas deben someterse a una
revisión continua en todas y cada una de las etapas que conforman el proceso”
(p, 3).
Referencias:
MEN. (2007). Decreto
3782 de 2007. Por el cual se reglamenta la evaluación anual de desempeño
laboral de los servidores públicos docentes y directivos docentes que se rigen
por el Decreto Ley 1278 de 2002. https://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-135430_archivo_pdf.pdf
Rueda Beltrán, M. (2011). La
evaluación de los docentes, elemento sustantivo en la educación. Perfiles
educativos, 33(133), 3-7.
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0185-26982011000300001
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